El Cabildo refuerza las medidas de control en el acceso al Teide con el registro obligatorio para usuarios del teleférico
La presidenta insular, Rosa Dávila, recuerda que se trata de conservar el espacio y garantizar la seguridad de las personas
El Cabildo de Tenerife ha implementado nuevas medidas de control para el acceso al Parque Nacional del Teide, ampliando el sistema de regulación ya existente. Así, a partir de hoy (miércoles 11) será obligatorio el registro de usuarios del Teleférico del Teide con ticket de solo subida a través de la plataforma Tenerife ON. Además, se colocarán aforadores en diferentes puntos y Teleférico del Teide instalará nueva señalética para informar a los usuarios de la normativa y sus servicios.
La presidenta del Cabildo, Rosa Dávila, explica que “el registro permitirá garantizar que quienes desciendan a pie cumplan con los requisitos de seguridad establecidos, como el equipamiento mínimo obligatorio y el paso por un control de vigilancia. Esta medida busca evitar imprudencias y asegurar que los visitantes estén preparados para las condiciones exigentes de alta montaña”.
Dávila indicó que en la mañana de hoy se ha realizado una reunión en la que han participado la consejera de Medio Natural, Sostenibilidad y Seguridad y Emergencias, Blanca Pérez; el director de Medio Natural, Pedro Millán, y representantes del Parque Nacional del Teide, los servicios de Uso Público y Emergencias, la empresa pública Gesplan y Teleférico del Teide para abordar la situación.
Al respecto, Blanca Pérez señala que “el objetivo es analizar el funcionamiento del sistema actual, identificar posibles deficiencias y proponer mejoras que permitan perfeccionar este modelo pionero en España. Ya dijimos desde el primer día que la regulación estaba abierta y podía ser modificada en función de las circunstancias y hechos que nos pudiésemos encontrar”.
Durante la reunión se abordó la situación de las reservas de acceso a pie por los senderos establecidos, ya que en la actualidad se está cubriendo el 70% de las 300 plazas ofertadas a diario y hay un 30% de personas que finalmente no se presentan. En ese sentido, se trabajará para evitar este tipo de situaciones, adoptando las medidas que se estimen oportunas.
El Cabildo de Tenerife puso en marcha el 30 de noviembre los controles de acceso en los senderos que dan acceso a pie al Teide tras la entrada en funcionamiento de la nueva regulación. Se trata de una medida pionera en España que permitirá garantizar la seguridad de las personas y la conservación del Parque Nacional del Teide, declarado Patrimonio de la Humanidad por la Unesco desde 2007.
En concreto, los senderos para los que hay tramitar la autorización son el nº 7 Montaña Blanca-La Rambleta; nº 9: Teide-Pico Viejo-Mirador de las Narices del Teide, nº 23 Regatones Negros y nº 28 Chafarí. Los permisos se tramitan a través del aplicativo y de la web TENERIFE ON.
Las personas deberán ir provistos con un equipamiento obligatorio consistente en calzado de montaña, pantalón largo o mallas largas de montaña y chaqueta de abrigo; guantes y gorro; y agua o líquidos hidratantes. Asimismo, se recomienda ir provisto de teléfono móvil con carga, frontal o linterna con pilas de repuesto, protección solar (gorra, gafas de sol y crema solar), manta térmica, alimentos energéticos y silbato.
NORMATIVA PARA LA SUBIDA A PIE
Condiciones de subida. – Los visitantes tendrán que ser conscientes de que afrontarán una actividad de alta montaña, y por ello, se aplica la obligatoriedad de registrarse telemáticamente en la aplicación TENERIFE ON. En este caso, los accesos a los senderos estarán sujetos a un régimen de comunicación previa/autorización a través de la central de reservas de la plataforma TENERIFE ON. Emitido el documento de reserva/permiso, éste se imprimirá en papel o se guardará en el dispositivo móvil y deberá llevarse consigo para mostrarlo las autoridades de vigilancia, presentes en los puntos de control de entrada a los senderos.
Esta autorización solo permite el recorrido desde su punto de inicio hasta la base superior del teleférico (La Rambleta) y regreso a pie. Es decir, no incluye el ascenso hasta el pico Teide ni la bajada en el teleférico.
Los accesos que se controlarán serán los siguientes:
Sendero PNT 07: Montaña Blanca – La Rambleta.
Sendero PNT 09: Teide – Pico Viejo – Mirador de las Narices del Teide.
Sendero PNT 23: Regatones Negros.
Sendero PNT 28: Chafarí.
Equipamiento obligatorio. – Los usuarios, senderistas y montañeros deberán dotarse de un equipamiento mínimo de carácter obligatorio, que se tendrá que mostrar al personal encargado del control, siendo motivo de prohibición de acceso a toda aquella persona que lo incumpla.
El equipamiento obligatorio es:
1.- Calzado de montaña.
2.- Pantalón largo o mallas largas de montaña y chaqueta de abrigo
3.- Guantes y gorro (especialmente en invierno)
4.- Agua o líquidos hidratantes
Asimismo, y por la seguridad de las personas que realicen la actividad, se recomienda que también lleven:
1.- Teléfono móvil con carga
2.- Frontal o linterna con pilas de repuesto
3.- Protección solar (gorra, gafas de sol y crema solar)
4.- Manta térmica
5.- Alimentos energéticos
6.- Silbato
El equipamiento obligatorio ha sido supervisado por el Grupo de Rescate Especial de Intervención en Montaña (GREIM) de la Guardia Civil y el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife
Control y vigilancia. – Se hará un control y vigilancia por parte del personal del parque durante las 24 horas del día en determinados puntos de control que exigirá el cumplimiento de la normativa y condiciones, tanto en cuestión del equipamiento obligatorio como de las autorizaciones necesarias e imprescindibles.
Multas y sanciones.- Las personas que incumplan la normativa podrán ser sancionados con una multa de 600 euros. A esa cantidad habrá que sumarle, en su caso, las tasas por rescate del Gobierno de Canarias o del Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Isla de Tenerife, que oscilan entre los 2.000 y los 12.000 euros.
Establecimiento de un cupo máximo, por tramos horarios.- Se establecerá un cupo máximo de personas que puedan acceder a la montaña, que se ha establecido provisionalmente en 300, divididas en tres tramos horarios (a razón de 100 personas por tramo).
Los horarios son los siguientes:
De 9:00 a 16:00 horas
De 16:00 a 00:00 horas
De 00:00 horas a 9:00 horas
Este sistema puede variar en función de su puesta en marcha. Las empresas y los guías legales y capacitados para llevar grupos en alta montaña tendrán un cupo reservado para poder desarrollar su actividad. Las empresas de turismo activo tendrán disponible un 20% de las plazas.
Limitaciones y prohibiciones de subida.- Se tendrán en cuenta las situaciones relativas a las condiciones meteorológicas. Sobre ello, en situación de normalidad, esto es sin alertas señaladas, los usuarios se regirán por las condiciones normales de la visita, que son las de autorización obligatoria para una franja horaria más el control de verificación del equipamiento a la entrada del sendero.
También en situaciones de alerta oficiales por Fenómenos Meteorológicos Adversos (PMA) declarados por el Gobierno de Canarias en aplicación del PEFMA (Prealerta, Alerta y Alerta Máxima) y que afecten al ámbito de los citados senderos del Parque Nacional del Teide (por lluvias, nevadas, vientos y/o tormentas).
En condiciones de Prealerta, se prohibirá el acceso al público en general entre las 16:00 y las 9:00 horas mientras esté vigente la declaración, evitando las horas nocturnas de estancia en la montaña. Por otra parte, en situaciones de alerta y alerta máxima, se prohibirá el acceso al público en general y se cerrarán los senderos las 24 horas de día mientras que esté vigente la declaración.
Es de destacar, además, por cuestiones meteorológicas adversas, aun no habiendo sido advertidas ni alertadas (principalmente por presencia de hielo, nieve, viento y heladas) o por cualquier otra circunstancia que deje impracticable o sin unas mínimas garantías de seguridad para transitar por los senderos de subida o ascenso al pico del Teide, la Dirección del Parque Nacional podrá prohibir el acceso a dichos senderos procediendo a su cierre por el tiempo que sea necesario. Esta decisión contempla no permitir el acceso a aquellas personas que hubiesen obtenido previamente el permiso y/o autorización.
Señalética específica. – La normativa reguladora y de control de acceso al Teide contempla la colocación estratégica de una señalización en idiomas de todas las condiciones en los inicios de los diferentes senderos, advirtiendo a su vez de la sanción correspondiente si se vulneran.
Casos diferenciados.- En las condiciones anteriormente citadas, tendrán un tratamiento especial y diferenciado los montañeros federados y las empresas de turismo activo. Los montañeros federados deberán justificar convenientemente su capacidad, disponer de los medios adecuados y precisos y podrán solicitar un permiso especial cuando el terreno estuviese cubierto de hielo o nieve.
En cuanto a las empresas de turismo activo, deberán estar legalmente constituidas y reconocidas por la Administración autonómica y contar con guías de montaña habilitados y cualificados para guiar en la alta montaña del Parque Nacional del Teide en las condiciones que se exigen.
En donde no habrá ningún tipo de excepciones es en el registro obligatorio de personas que quieran acceder al Pico. Todas deberán cumplir con la exigencia de la autorización y el equipamiento exigido.
Acceso al pico Teide desde La Rambleta.- En la actualidad, se puede acceder desde La Rambleta (parte alta del Teleférico del Teide, 3.555 metros) al pico del Teide (3.718 metros) a través del sendero Telesforo Bravo. Para ello, las personas que deseen realizar ese recorrido tienen que tramitar el pertinente permiso, tal y como se ha venido haciendo hasta el momento. Toda la información sobre los trámites a realizar se encuentra en la web de Volcano Teide